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Legalizar acometida de saneamiento en Madrid

Antes de entrar a hablar en detalle de cómo legalizar acometida en Madrid, hacemos una introducción del contexto en el que se enmarcan este tipo de trabajos.

Introducción: El alcantarillado de Madrid

El conjunto del alcantarillado de Madrid dispone de una red de colectores de aproximadamente 5.000 km de longitud y está compuesta por galerías visitables y colectores no visitables. Las acometidas de los edificios (tramos comprendidos entre el pozo de registro particular que recoge las aguas de las bajantes y el colector general, o bien los tramos de entronque en el caso de las galerías) desembocan en esta red de alcantarillado.

El mantenimiento de la red de alcantarillado de Madrid es competencia del Ayuntamiento, aunque cabe remarcar que los trabajos están gestionados por Canal de Isabel II desde diciembre de 2005.

¿Por qué se ha de legalizar una acometida de saneamiento en Madrid?

Las acometidas, como elementos privativos de los edificios, están sometidas por tanto a la Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua y deben disponer de una licencia de acometida que acredite que se cumplen una serie de requisitos técnicos.

La ejecución y/o mantenimiento de dichas acometidas tiene que ser realizado por los titulares del edificio u actividad.

Para poder legalizar acometidas en Madrid se deben seguir una serie de pasos en función si la acometida se encuentra en un contexto de edificio de obra nueva o si ésta debe ser reparada para conseguir estado de funcionamiento óptimo.

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Pasos para legalizar acometida de saneamiento en Madrid en edificios de obra nueva

Para proceder a legalizar una acometida en Madrid de edificio de obra nueva se deben realizar 3 pasos:

Informe previo

El primer paso consiste en realizar un informe previo sobre la acometida e incluirlo como anexo de saneamiento en el proyecto de construcción del edificio, para solicitar la licencia urbanística. La Entidad Pública que realizar la tramitación de la licencia urbanística solicitará este informe a la Subdirección General de Gestión del Agua. Para conceder la licencia urbanística este informe debe ser favorable.

Licencia de acometida

El segundo paso consiste en solicitar la licencia de acometida a Canal de Isabel II. En el momento que se concede la licencia de acometida se pueden empezar las obras de conexión a la red de saneamiento. Se debe comunicar a Canal de Isabel II el inicio de las obras con 3 días de antelación.

Certificado de Idoneidad

En último lugar, Canal de Isabel II emite el Certificado de Idoneidad si las obras de acometida ejecutadas se ajustan a la licencia concedida previamente. Con la licencia de primera ocupación del edificio se deberá aportar este certificado como acreditación de que el servicio de saneamiento se encuentra en perfecto estado de uso.

Legalizar acometida de saneamiento en Madrid que necesita reparación

Para proceder a legalizar una acometida en Madrid que necesite ser reparada para recuperar su óptimo estado funcional y adaptarse a la ordenanza actual se deben llevar a cabo los pasos número 2 y 3 expuestos anteriormente, es decir, solicitar licencia de acometida y recibir Certificado de Idoneidad de la acometida por parte de Canal de Isabel II.

Cabe decir también que en el caso de existir red de alcantarillado separativo se deberán legalizar las dos acometidas correspondientes, una para la conexión al colector que recoge las aguas residuales de las viviendas y otra para la conexión al colector que recoge las aguas pluviales.

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